El próximo treinta (30) de junio se vence el plazo otorgado por el Banco de la República para que, las empresas y sucursales receptoras de inversión directa de capital del exterior pertenecientes al régimen general de inversión extranjera en Colombia, transmitan a la Dirección de Cambios Internacionales de esa entidad el informe de conciliación patrimonial (formulario 15 de la Circular Reglamentaria Dcin-83).
 
Dicho informe debe ser enviado si la inversión de capital del exterior se encuentra registrada ante el Banco de la República y solo si las empresas y sucursales receptoras de la inversión no se encuentran obligadas a presentar estados financieros a la Superintendencia de Sociedades por requerimiento de ésta en desarrollo de cualquiera de sus órdenes de supervisión (inspección, vigilancia o control).
 
Para el envío de la conciliación patrimonial, el Banco de la República ha habilitado un enlace para su transmisión electrónica en la página http://www.banrep.gov.co/sec - Opción: Inversiones internacionales. Solo podrán enviar la conciliación patrimonial de manera física aquellas empresas y sucursales del régimen general receptoras de inversión extranjera que, estando obligadas según lo indicado, la inversión extranjera directa recibida no se encuentre registrada ante el Banco de la República.
 
Las sociedades que tienen inscritas sus acciones en una bolsa de valores deberán enviar, para efectos estadísticos, vía electrónica después de la fecha de realización de la asamblea general ordinaria y, a más tardar el 30 de junio del año siguiente al del ejercicio social, el “Informe de conciliación patrimonial de sociedades con acciones inscritas en una bolsa de valores” a través del enlace dispuesto en la página http://www.banrep.gov.co/sec - Opción: Informe de conciliación patrimonial de sociedades con acciones inscritas en una bolsa de valores.
 
Tenga en cuenta que la omisión o retardo en la presentación del Formulario No. 15 “Conciliación patrimonial - empresas y sucursales del régimen general”, puede dar lugar a la imposición de las sanciones.
 
En caso de tener alguna duda sobre la presentación del Formulario No. 15 “Conciliación patrimonial - empresas y sucursales del régimen general” y, en general, sobre el régimen de inversión de capital extranjero en Colombia, no dude en contactarnos. Nuestro equipo estará a su disposición para asesorarlo.