Mediante Ley 159 de 31 de agosto de 2020, la República de Panamá crea un régimen especial para el establecimiento y la operación de empresas multinacionales para la prestación de servicios relacionados con la manufactura (“EMMAs”). El objetivo de esta nueva ley es atraer y promover las inversiones en procesos productivos, generación de empleos y transferencia de tecnología, mediante el establecimiento de empresas multinacionales en los rubros de ensamblaje, manufactura y remanufacturado.

Se definen las EMMAs como empresas, nacionales o extranjeras, que desde Panamá realicen operaciones dirigidas a ofrecer ciertos servicios a su casa matriz, subsidiarias, filiales o compañías asociadas del mismo grupo empresarial. La prestación de servicios a compañías del mismo grupo empresarial, incluye:

1) Manufactura de productos, maquinaria y equipo,
2) Ensamblaje de productos, maquinaria y equipo,
3) Mantenimiento y reparación de productos, maquinaria y equipo,
4) Remanufacturado de productos, maquinaria y equipo, 
5) Acondicionamiento de productos, 
6) Desarrollo de productos, investigación o innovación de productos o procesos existentes,  
7) Análisis, laboratorios, o pruebas relacionados a la manufactura,  
8) Logística, almacenaje, despliegue y centro de distribución de componentes o partes,
9) Cualquier otro servicio análogo, aprobado por el Consejo de Gabinete.


Las EMMAs estarán sujetas a un régimen fiscal especial. Las empresas pagarán impuesto sobre la renta en la República de Panamá, sobre la renta neta gravable derivada de los servicios prestados a una tarifa de 5%. Estarán exentas del pago de impuesto de dividendo, impuesto complementario e impuesto a las sucursales. Para aquellos servicios relacionados a la exportación, no se causará itbms, siempre que se presten a personas que no generen renta gravable dentro de la República de Panamá. La maquinaria, materiales, materia prima, insumos, suministros y repuestos utilizados para la manufactura estarán exonerados del impuesto de importación.

Se establece también un régimen migratorio especial y condiciones especiales para el personal de las EMMAs, el cual incluye una Visa de Personal Temporal, de Personal Permanente y de Dependiente de dicho personal, así como Residencia para el personal. Igualmente se establece un régimen laboral especial para trabajadores.

Las empresas multinacionales que se inscriban bajo el régimen EMMA gozarán de manera automática de las garantías de estabilidad jurídica de las inversiones.

La nueva ley comenzará a regir desde el 1 de diciembre de 2020 y las empresas interesadas deberán aplicar ante la Comisión de Licencias de Empresas Multinacionales del Ministerio de Comercio e Industrias.